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Legalización/Apostilla Uruguay y Alemania son Estados Partes del “Convenio de 5 de octubre de 1961 Suprimiendo la Exigencia de  Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros” (Apostilla de la Haya).  Por ello las Oficinas Consulares del Uruguay en Alemania sólo legalizan documentos administrativos que se refieran  directamente a una operación mercantil o aduanera.  Para la legalización se requiere el documento original, legalizado previamente por una autoridad alemana o Cámara  de Industria y Comercio pertinente.   El costo de la legalización está fijado en U$S y varía de acuerdo al documento. Casos más frecuentes:  - certificado de libre venta U$S 144  - carta de representación de fima extranjera en la República U$S 180  El costo de los trámites en € se fija mensualmente de acuerdo al tipo de cambio U$S/€.    El trámite es posible realizarlo por vía postal. El pago se realiza por transferencia bancaria.  Por mayor información, favor contactar con el Consulado de Distrito con circunscripción sobre el Estado Federado  donde fue emitido el documento o en su defecto con el Consulado en Hamburgo.   El resto de los documentos alemanes (partidas de nacimiento, matrimonio o defunción, sentencias de divorcio,  títulos de estudios, poderes notariales, etc.) deben contener la "Apostilla" para tener validez en Uruguay. Otra  legalización por parte de autoridades alemanas o uruguayas no es necesaria.  El apostillado no está regulado de manera uniforme en los estados federados alemanes. Por lo tanto se recomienda consultar con el emisor del documento para conocer a qué autoridad en Alemania corresponde apostillar el documento. Traducción De documentos expedidos en Alemania, para presentar en Uruguay Artículo 6º de la Ley N° 15.441 de 01.08.1983: “Las sentencias y los laudos homologados, dictados en asuntos  civiles, comerciales, laborales, penales y administrativos, las escrituras públicas y demás documentos otorgados  por las autoridades públicas competentes de los estados extranjeros o provenientes de Organizaciones  Internacionales, los exhortos o cartas rogatorias y documentos privados no redactados en español, para surtir  efecto en la República, deberán ser traducidos por traductor público nacional.”   Una búsqueda de traductores públicos en Uruguay la puede realizar a través del Portal del Colegio de Traductores  Públicos del Uruguay: https://www.colegiotraductores.org.uy/index.php/traductores  Cuando el documento ya viene traducido al español (por ejemplo, por un traductor público en Alemania), para que  sea válido en Uruguay debe ser revisado por un traductor público uruguayo, quien realiza un certificado de  concordancia, comparando la traducción con el documento original.  Artículo 7º de la Ley N° 15.441 de 01.08.1983: “Sin perjuicio de lo anterior, se considerarán también válidas las  traducciones realizadas por el agente consular de la República del lugar de donde procede el documento.”  En caso de optar por una traducción por parte de un agente consular, favor consulte disponibilidad de este trámite  contactando con el Consulado de Distrito con circunscripción sobre el Estado Federado donde fue emitido el  documento.  El costo de la traducción está fijado en U$S: - traducción por hoja U$S 54 El costo de los trámites en € se fija mensualmente de acuerdo al tipo de cambio U$S/€.    El trámite es posible realizarlo por vía postal. El pago se realiza por transferencia bancaria.  De documentos expedidos en Uruguay, para presentar en Alemania Póngase en contacto con la autoridad en Alemania donde presentará el documento. Es aconsejable preguntar  primero si dicha autoridad reconoce una traducción por parte del Consulado, para este documento en particular.  En caso de optar por una traducción por parte de un agente consular, favor consulte disponibilidad de este trámite  contactando con el Consulado de Distrito con circunscripción sobre el Estado Federado donde reside actualmente.    El costo de la traducción está fijado en U$S: - traducción por hoja U$S 54 El costo de los trámites en € se fija mensualmente de acuerdo al tipo de cambio U$S/€.    El trámite es posible realizarlo por vía postal. El pago se realiza por transferencia bancaria.